viernes, 22 de noviembre de 2013

Cómo llenar un W9 Cuando Casado

El cónyuge aparece en primer lugar en una cuenta conjunta debe firmar el formulario W-9. 

CASADO

En muchos casos, el matrimonio no afectará la forma de llenar un formulario W-9. IRS formulario W-9 es una solicitud de información de los contribuyentes, utilizado por cualquier persona que necesite y le enviaremos un formulario 1099 para el ingreso que recibe, aparte de los salarios o sueldos de empleados. Si el dinero que el W-9 se aplica al dinero pagado a usted como un individuo o una empresa que no incluye a su cónyuge, sólo tiene que rellenar el formulario como si estuviera sola a menos que su matrimonio nombre distinto al que figura en su declaración de impuestos.



Introduzca su información personal tal y como aparece o aparecerá, en su declaración de impuestos. Si usted está recién casado y todavía no ha cambiado su nombre a la Seguridad Social, escriba su nombre y apellido como aparece en su tarjeta de Seguro Social, y luego agregar su nuevo apellido después. Si el pago se aplica a los dos, Complete ambos nombres en el campo Nombre.



Deje el nombre en blanco negocio a menos que el pago es por un negocio con licencia. Si el W-9 es para un negocio, seleccione el tipo de negocio que se aplica.



Seleccione Individual / Propietario Único si el W-9 no es un negocio. Selección individual no tiene relación con su estado civil para efectos fiscales.



Escriba la dirección que aparece en su declaración de impuestos.



Ingrese su número de Seguro Social en el campo de SSN. Si el formulario es para usted y su cónyuge, introduzca el número de Seguro Social de la primera persona que aparece en su cuenta conjunta. Encierra en un círculo el nombre correspondiente en el campo Nombre para indicar el número del socio que ha utilizado.



Escriba su número de identificación patronal de negocios sólo si esto se aplica a su negocio.



Firme el formulario si usted utiliza su propio número de Seguro Social. Si no es así, haga que su cónyuge firme el W-9.



 

No hay comentarios:

Publicar un comentario